Conforme a la orden FOM/1144/2003 de 28 de abril (Pre/930/2002/CEE).
Aplicable a zona 1 (navegación ilimitada) y zona 2 (hasta 60 millas).
Caja contenedor conforme a las especificaciones descritas en el Real Decreto 258/1999 de 12 de febrero (BOE nº 47, pág. 7675).
Según la normativa actual estos botiquines se suministran sin medicamentos.